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¿Se puede cursar una baja en el CURP?

Algunas personas se preguntan si se puede solicitar la baja en el CURP, bien porque se han dado cuenta de que tienen un código homónimo, o porque sus datos están equivocados.

Esto es una confusión muy habitual: en ningún caso se puede formalizar una baja por este motivo ya que estamos hablando de un código completamente obligatorio. En estos casos lo que se debe de hacer es avisar del error al organismo competente y hacer la modificación cuanto antes.

Sin embargo si que se establece un caso en el que se puede solicitar una baja y es en caso de defunción. De esta manera los códigos se van renovando, por lo que se evitará que se congestione el sistema.

En el caso de que se haya producido una defunción, serán los familiares los que deberán proceder con la baja de la Clave única de Registro de Población, y esto lo harán de la siguiente manera.

Pasos a realizar para cursar la baja del CURP

Sí que se puede realizar una baja del CURP, te explicamos como:

Documentos que nos hacen falta

  • Para mexicanos residentes: En el caso de que el fallecido fuera un mexicano residente, se necesitará tanto el acta de defunción, como el acta de nacimiento (o bien puede ser una carta de naturalización o certificado de nacionalidad).
  • Para extranjeros: En este caso bastará con el acta de defunción y con un documento migratorio.

En ambos casos necesitaremos también una identificación oficial vigente con una fotografía.

¿El trámite entraña algún tipo de coste?

No. Tanto el alta del CURP, la baja, etc, se llevará a cabo sin ningún tipo de coste.

¿Quién puede realizar el trámite?

Obviamente, el fallecido no puede encargarse de ello, por lo que lo tendrán que hacer personas cercanas, pero solo aquellos cercanos como puede ser el padre, la madre, los hijos, el cónyuge o la persona autorizada. Para ello habrá que presentar el documento probatorio de identidad, así como la identificación oficial con fotografía que pueda acreditar el parentesco con el finado. En el caso de los extranjeros, este tipo de trámite tan solo se podrá realizar ante el INM.

Cualquier acta de nacimiento tendrá que ser verificada con el libro original. El tiempo de resolución del asunto es variable, dependiendo de la respuesta del Registro Civil en cuestión.